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0. Tipo de Entidad
Nota: El responsable del tratamiento es la entidad que decide la finalidad y los medios del sistema de videovigilancia.
1. Datos del Responsable del Tratamiento
2. Delegado de Proteccion de Datos (DPO)
Nota: El nombramiento de DPO es obligatorio para organismos publicos y empresas que realicen tratamientos a gran escala de datos sensibles o monitorizacion sistematica. En pymes habituales, solo sera necesario si el volumen y la naturaleza del tratamiento lo requieren.
3. Actividad de Tratamiento: Videovigilancia
Importante: Para videovigilancia, la base juridica mas habitual es el interes legitimo. Se debe realizar una evaluacion de ponderacion entre los intereses del responsable y los derechos de los interesados.
4. Categorias de Datos e Interesados
Atencion: Si se captan datos biometricos (reconocimiento facial), se trata de datos de categoria especial y requiere medidas adicionales segun Art. 9 RGPD.
5. Plazo de Conservacion de las Imagenes
Normativa: Segun la LOPDGDD (Art. 22), las imagenes deben suprimirse en el plazo maximo de 30 dias desde su captacion, salvo que deban conservarse para acreditar actos delictivos o incidentes de seguridad.
6. Destinatarios / Cesiones de Datos
Importante: Las empresas externas que tengan acceso a las imagenes (mantenimiento, seguridad privada, gestoria, asesoria, etc.) deben firmar un contrato de encargo de tratamiento conforme al Art. 28 RGPD.
7. Medidas Tecnicas y Organizativas
8. Inventario de Camaras y Zonas Vigiladas
N
Ubicacion
Tipo Camara
Audio
Zonas Captadas
1
2
3
Recuerde: No se permite la grabacion de audio salvo en casos excepcionales y debidamente justificados. Las camaras no deben captar via publica excepto lo estrictamente necesario para acceder al inmueble.